A continuación detallamos una serie de recomendaciones y normas de visita, con el objetivo de que su visita sea lo más agradable posible y además con las precauciones y el respeto que se merece la naturaleza.
RECOMENDACIONES
Realice la visita en las 2 horas después de la salida del sol ó en las 2 horas antes de la puesta del mismo. | |
Lleve prismáticos para observar bien a las aves. | |
Utilice los servicios de Visitas Guiadas, son fundamentales para comprender y valorar este lugar. | |
En el verano lleve algo de agua y una gorra, en invierno ropa de abrigo. | |
En primavera y verano, en ocasiones se hace necesario el uso de algún ahuyentador de insectos. | |
Los animales de compañía deben estar controlados, no pueden bañarse. | |
Está prohibida cualquier manifestación de fuego dentro del Parque. | |
El silencio es fundamental para la observación de aves. | |
No arroje basuras, utilice las papeleras y contenedores.
Es conveniente no alejarse de las playas con el fin evitar riesgos, así como utilizar prudentemente las embarcaciones autorizadas.
SEPA QUE EL INCUMPLIMIENTO DE ESTAS NORMAS PUEDE DERIVAR EN SANCIONES. |
NORMAS GENERALES
El Parque Natural de las Lagunas de Ruidera es un entorno único en la península ibérica y casi en el mundo.
Los ecosistemas de este parque son sumamente frágiles y sensibles al mal uso que se pueda hacer de él.
Necesitamos de tu colaboración para que las generaciones futuras puedan seguir disfrutando del mismo en un estado de conservación, incluso mejor que el actual.
Para eso te rogamos que cumpla las siguientes normas y sugerencias:
NORMAS POR ACTIVIDAD
Visita en autobús: Las visitas en grupos organizados se consideran actividades de turismo activo, por lo que únicamente podrán ser guiadas por guías autorizados.
Senderismo: No es necesaria autorización para realizar las rutas oficiales en grupos menores de 60 personas.
Se puede realizar por los senderos marcados o por otros caminos públicos. No estando permitido discurrir campo a través o por otros senderos distintos.
Baño: Utiliza las zonas habilitadas para el baño. No realices vertidos dentro del agua.
Está permitido el baño en las siguientes lagunas: Cueva Morenilla, Del Rey, Colgada, Santos Morcillo, Salvadora, San Pedra y Tomilla.
Ciclismo: Está autorizado por las mismas rutas que el senderismo. Hay que recalcar la prohibición de circular campo a través o por sendas no oficiales realizadas por el paso reiterado de ciclistas.
Rutas a caballo: Está autorizado por las mismas rutas que el senderismo. De forma particular se pueden realizar en grupos de 4 jinetes como máximo. Para grupos mayores, es necesaria autorización.
Escalada: Está permitida en rocódromos artificiales instalados por las empresas de turismo activo, no en sitios distintos a estos.
Navegación: Se puede realizar, sin necesidad de solicitar autorización, en la Cueva Morenilla, Del Rey, Colgada, Santos Morcillo, Salvadora, San Pedra y Tinaja.
Resulta imprescindible que las embarcaciones vengan con su correspondiente certificado de desinfección.
Las embarcaciones deben estar matriculadas y haber presentado Declaración Responsable para la Navegación ante la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
No está permitida la navegación con embarcaciones a motor, ni de explosión ni eléctricos.
Salvo para las empresas de turismo activo no está permitido realizar la actividad en grupos de más de 5 embarcaciones.
Quads, motos, buguies y 4×4: Está prohibida la circulación con estos vehículos por cualquier punto del Parque Natural, excepto por la carretera.
Pesca: Está permitida y se entiende actividad autorizada con los siguientes condicionantes:
Zonas donde se puede practicar: Embalse de Peñarroya, Cueva Morenilla, Del Rey, Colgada, Santos Morcillo, Salvadora, Redondilla, San Pedro y Tinaja.
No está permitida la pesca en los cauces o corrientes que unen unas lagunas con otras.
En temporada de baño no está permitido pescar en zonas donde exista gente bañándose.
No está permitido realizar la actividad de pesca desde la parte que linda con el refugio de fauna (al otro lado de la carretera), ni desde barreras o replanos tobáceos.
La pesca del lucio y el blackbass únicamente está permitida en el Embalse de Peñarroya.
Está prohibido el uso de anzuelos múltiples para la pesca en general, excepto en los señuelos artificiales concebidos para la pesca del lucio y black-bass en el Embalse.
Los barbos podrán pescarse exclusivamente en la modalidad de pesca sin muerte.
Para prevenir la introducción involuntaria de especies alóctonas acuáticas (mejillón cebra, almeja asiática, moco de roca…), además de las medidas que establezcan los organismos de cuenca competentes, se recomienda limpiar, secar y, cuando sea posible, desinfectar cualquier tipo de embarcación, patos, y cualquier otro medio utilizado para la pesca, en particular los reteles, rejones, así como los vadeadores y botas, antes de utilizarlos en aguas diferentes.
Buceo: Se puede realizar en las siguientes Lagunas: Cueva Morenilla, Del Rey, Colgada, Santos Morcillo, Salvadora, San Pedra y Tomilla.
Se entiende actividad autorizada en grupos de hasta tres personas. Para grupos de más de 3 personas es necesaria autorización.
Animales de compañía:
Los animales de compañía deben estar en todo momento bajo el control de los dueños.
No está permitido el baño de los perros en las zonas de baño.
Descargar folleto oficial informativo sobre las normas en el interior del Parque Natural de Las Lagunas de Ruidera.